Tribunal ratifica extradición de alias Noni a Estados Unidos, pero su entrega queda diferida

Tribunal ratifica extradición de alias Noni a Estados Unidos, pero su entrega queda diferida

SAN JOSÉ, COSTA RICA — El Tribunal de Apelación de Sentencia de Goicoechea ratificó la extradición a Estados Unidos de Jordie Kevin Picado Grijalba, alias “Noni”, requerido por cargos relacionados con cocaína. Su traslado, sin embargo, no será inmediato debido a procesos penales que permanecen pendientes en Costa Rica.

La resolución mantiene la autorización concedida en primera instancia para que Jordie Kevin Picado Grijalba sea enviado a Estados Unidos, donde las autoridades lo requieren por acusaciones relacionadas con la fabricación y distribución de cocaína destinada al mercado estadounidense. Picado Grijalba conserva la presunción de inocencia y la autorización de extradición no equivale a una condena por esos cargos.

El caso tiene una particularidad decisiva: la extradición fue concedida bajo modalidad diferida. Eso significa que la autorización judicial para entregarlo a Estados Unidos y la ejecución material de esa entrega son momentos distintos. Picado mantiene causas penales en Costa Rica que condicionan cuándo podría salir del país.

La ratificación representa, por tanto, un avance sustancial del procedimiento estadounidense, pero no establece por sí misma una fecha de traslado.

La apelación confirmó la autorización concedida inicialmente en diciembre de 2025

El Tribunal Penal de Pavas había autorizado el 15 de diciembre de 2025 la extradición de Picado Grijalba. La defensa impugnó aquella decisión, por lo que el expediente pasó a conocimiento del tribunal de apelación.

La información conocida este 8 de septiembre indica que el Tribunal de Apelación de Sentencia de Goicoechea ratificó esa decisión mediante una resolución adoptada el 22 de julio. La confirmación pública de ese resultado proviene de la defensa de Picado, mientras que no se localizó durante esta revisión una publicación íntegra del fallo de apelación en los sistemas públicos del Poder Judicial.

Ese punto obliga a diferenciar lo que está corroborado documentalmente de lo que todavía requiere acceso al expediente: la autorización inicial de extradición, la detención de Picado y la existencia de investigaciones costarricenses cuentan con corroboraciones independientes; los detalles específicos del voto de apelación difundidos este martes dependen, por ahora, de información periodística atribuida a la defensa.

La petición estadounidense atribuye a Picado delitos relacionados con una asociación para fabricar y distribuir cocaína con conocimiento o motivos para creer que sería introducida ilegalmente en Estados Unidos, además de fabricación y distribución de cocaína bajo esa misma finalidad.

Las causas abiertas en Costa Rica separan la aprobación judicial de la entrega efectiva

El aspecto procesal más relevante es que una resolución favorable a la extradición no significa necesariamente que Picado pueda ser trasladado de inmediato.

Información confirmada previamente por el Ministerio Público estableció que Picado figura en al menos dos procesos costarricenses: uno relacionado con presunta legitimación de capitales y otro vinculado al denominado caso Traición, investigación de delincuencia organizada desarrollada contra la estructura conocida como Cartel del Caribe Sur.

La extradición concedida en diciembre fue precisamente diferida debido a las causas nacionales pendientes. Por ello, incluso después de superar la apelación, la ejecución de la entrega continúa vinculada al desarrollo de esos procedimientos.

Esta distinción permite entender qué cambió con la nueva resolución: se confirmó la decisión judicial favorable a la solicitud estadounidense. Lo que no quedó establecido es una fecha inmediata para sacar a Picado del territorio costarricense.

La reforma constitucional de 2025 abrió la puerta para extraditar a ciudadanos costarricenses

El proceso de Picado ocurre dentro de un marco jurídico que cambió apenas el año anterior.

Costa Rica reformó en mayo de 2025 el artículo 32 de la Constitución mediante la Ley 10.730. La modificación introdujo una excepción a la histórica prohibición de obligar a un ciudadano costarricense a abandonar el territorio nacional: ahora puede concederse su extradición cuando se trate de tráfico internacional de drogas o terrorismo y exista autorización de los tribunales con respeto a las garantías constitucionales y procesales.

La ley fue publicada en el Alcance 68 de La Gaceta número 96 del 28 de mayo de 2025 y entró a regir con su publicación.

La legislación ordinaria sobre extradición también fue posteriormente ajustada. El texto vigente de la Ley de Extradición mantiene como regla la protección de los nacionales, pero establece expresamente que ese impedimento no opera cuando las solicitudes corresponden a tráfico internacional de drogas o terrorismo.

La reforma constitucional resulta esencial para entender el caso: antes de ese cambio, la nacionalidad costarricense constituía una barrera constitucional frente a una entrega de esta naturaleza. Ahora la Constitución permite la extradición en esas dos categorías específicas de delitos, siempre bajo control judicial.

Picado fue detenido en agosto de 2025 después de la solicitud estadounidense

Picado fue detenido en agosto de 2025 en el sector de La Galera, Curridabat, como parte del procedimiento de extradición solicitado por Estados Unidos. La operación involucró al OIJ y cooperación con autoridades estadounidenses.

El proceso coincidió posteriormente con una investigación costarricense de mucha mayor escala.

El 4 de noviembre de 2025, la Oficina Especializada contra la Delincuencia Organizada (OECDO) ejecutó el denominado caso Traición contra la organización que las autoridades costarricenses identifican como Cartel del Caribe Sur. El OIJ informó inicialmente de 64 allanamientos y la participación de 1.200 agentes judiciales, con operaciones en diferentes puntos del país.

Un balance institucional posterior del OIJ elevó a 69 los allanamientos realizados dentro de la operación, registró 35 detenidos —33 de ellos enviados a prisión preventiva— y calculó en aproximadamente ₡2.200 millones los bienes incautados. El mismo informe contabilizó 13,7 toneladas de droga y criptomonedas valoradas en $1,1 millones.

La diferencia entre las cifras no necesariamente representa una contradicción: el primer dato correspondió al despliegue comunicado el día de la operación, mientras el segundo pertenece a un balance posterior del OIJ que incorpora los resultados acumulados.

Estados Unidos sancionó a Noni y a su hermano bajo una orden contra el narcotráfico

El expediente de extradición no es la única actuación estadounidense contra Picado.

El Departamento del Tesoro incluyó en enero de 2026 a Jordie Kevin Picado Grijalba y a su hermano Luis Manuel Picado Grijalba, alias “Shock”, dentro de una acción de la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC). La medida alcanzó a cinco ciudadanos costarricenses y cinco entidades radicadas en Costa Rica.

OFAC sostuvo que los hermanos establecieron contactos directos con proveedores de cocaína en Colombia y los responsabilizó de introducir cargamentos a Costa Rica principalmente por rutas marítimas, almacenarlos y articular alianzas con otras estructuras. Estas son determinaciones administrativas del Gobierno estadounidense, no una sentencia penal contra Picado.

La designación de Picado quedó además publicada en el Federal Register. El registro oficial estadounidense lo incorporó bajo la Orden Ejecutiva 14059, utilizada para sancionar a personas vinculadas por el Gobierno de Estados Unidos con la proliferación internacional de drogas ilícitas.

El Tesoro también vinculó su actuación con una investigación coordinada en la que participaron las oficinas de la DEA en San José y Dallas, junto con la Fiscalía General, Policía de Control de Drogas, OIJ, Fuerza Pública y Unidad de Inteligencia Financiera de Costa Rica.

Los datos del caso Traición dimensionan la investigación paralela que mantiene Costa Rica

La magnitud de las actuaciones nacionales explica por qué la modalidad diferida de la extradición resulta especialmente relevante.

En su balance del primer semestre de 2026, el OIJ describió el caso Traición como la desarticulación de una organización criminal internacional presuntamente encabezada por los hermanos conocidos como “Shock” y “Noni”, a la que atribuye actividades desde 2019 relacionadas con tráfico internacional de drogas, legitimación de capitales y armas.

El Departamento del Tesoro estadounidense presentó una caracterización coincidente en varios aspectos: describió la estructura asociada a ambos hermanos como una red dedicada al movimiento de cargamentos de cocaína desde Colombia, su almacenamiento en Costa Rica y su posterior envío hacia Estados Unidos y Europa.

Las cifras disponibles también muestran una diferencia metodológica entre instituciones. El OIJ reportó posteriormente 13,7 toneladas decomisadas en el caso Traición, mientras el Tesoro estadounidense redondeó el resultado de la operación costarricense a 14 toneladas.

La proximidad entre ambas cifras y el contexto de cada publicación permiten identificar el dato de 14 toneladas como un redondeo del balance costarricense, no como un decomiso adicional.

La fecha de una eventual entrega a Estados Unidos continúa sin estar determinada

La confirmación de la extradición resuelve una etapa importante, pero no permite afirmar que Picado vaya a ser trasladado inmediatamente.

La autorización es diferida y existen procedimientos nacionales pendientes. Tampoco se localizó, al cierre de esta revisión, una comunicación pública del Poder Judicial que establezca una fecha concreta para su entrega.

El siguiente punto decisivo será determinar cómo concluyen o procesalmente se resuelven las causas que mantiene Costa Rica contra Picado y cuándo quedan satisfechas las condiciones de la extradición diferida.

La extradición, además, únicamente determina dónde deberá responder Picado por las acusaciones estadounidenses. No resuelve su culpabilidad. Esa cuestión corresponde al proceso penal que se tramite ante la jurisdicción competente en Estados Unidos, con las garantías de defensa correspondientes.

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