SAN JOSÉ, COSTA RICA — La Fiscalía General abrió una causa contra el diputado oficialista Fernando Obaldía Álvarez por el aparente delito de acoso predatorio. El Ministerio Público confirmó que la denuncia fue presentada por una persona mayor de edad.
La Fiscalía General de la República investiga al diputado Fernando Obaldía Álvarez, del oficialista Partido Pueblo Soberano (PPSO), después de recibir una denuncia por el aparente delito de acoso predatorio.
El Ministerio Público confirmó este lunes 7 de setiembre la existencia de la causa. El expediente penal fue identificado con el número 26-000088-0033-PE, según información de la Fiscalía reproducida por distintos medios nacionales.
La institución indicó que la denuncia fue interpuesta en perjuicio de una persona mayor de edad. La apertura de la investigación no supone una determinación de responsabilidad penal y Obaldía conserva plenamente su presunción de inocencia mientras las autoridades investigan los hechos.
El caso tiene además una dimensión administrativa dentro de la Asamblea Legislativa, donde se han presentado señalamientos separados relacionados con el ambiente laboral del despacho del congresista.
La Fiscalía tramita el expediente por aparente acoso predatorio
La confirmación del Ministerio Público permite precisar la figura penal bajo la cual se está tramitando inicialmente el expediente: aparente acoso predatorio.
La Fiscalía confirmó a distintos medios que recibió una denuncia contra un diputado de apellido Obaldía y que la persona afectada es mayor de edad.
Información publicada por El Observador identifica el expediente como 26-000088-0033-PE.
La existencia de una causa penal significa que los hechos denunciados serán sometidos al procedimiento correspondiente. No equivale a una acusación formal ni permite concluir que el delito ocurrió en los términos denunciados.
Ese principio resulta particularmente importante en esta etapa: las afirmaciones sobre conductas específicas atribuidas al legislador forman parte de denuncias que todavía deben ser investigadas y contrastadas por las autoridades.
Qué significa el delito de acoso predatorio en Costa Rica
La figura de acoso predatorio contempla el hostigamiento o acoso reiterado e insistente contra una persona, sin su consentimiento, cuando afecta aspectos como su intimidad, integridad, vida privada o actividades cotidianas.
Entre las conductas contempladas se encuentran vigilar, merodear, perseguir o procurar cercanía física con una persona, así como establecer o intentar establecer contacto por medios físicos, digitales o mediante terceras personas. También comprende determinadas formas de interferencia o control sobre dispositivos o datos personales.
La información publicada sobre el marco penal señala una pena de tres a 18 meses de prisión o de 100 a 200 días multa para la modalidad básica descrita en la legislación.
La Fiscalía también explicó que existen circunstancias que pueden agravar el delito, entre ellas determinadas situaciones de vulnerabilidad de la víctima, el uso de engaño o violencia y casos en los que exista una relación de autoridad o poder.
La eventual aplicación de cualquiera de esos supuestos al expediente de Obaldía corresponde exclusivamente a las autoridades judiciales y no puede darse por establecida en esta etapa.
Denuncias también llegaron a la Asamblea Legislativa
El asunto no se limita al expediente penal.
Información coincidente publicada por varios medios señala que una asesora del despacho acudió también a instancias de la Asamblea Legislativa y que existen señalamientos de presunto acoso laboral.
Uno de los elementos mencionados en esas denuncias es una supuesta solicitud de acceso a grabaciones de cámaras de seguridad del Congreso para conocer los desplazamientos de funcionarias durante la jornada laboral.
CRHoy publicó posteriormente que Obaldía dirigió un oficio al jefe de Seguridad del Parlamento solicitando grabaciones relacionadas con los movimientos de dos asesoras.
Ese elemento debe distinguirse de una conclusión penal: la existencia de una solicitud de grabaciones no demuestra por sí misma la comisión del delito investigado. Será responsabilidad de las instancias correspondientes determinar su contexto, finalidad y eventual relevancia dentro de los procedimientos abiertos.
Pueblo Soberano dice que no adelantará conclusiones
La bancada oficialista reaccionó al conocerse el caso y manifestó que toma con seriedad las denuncias presentadas.
El PPSO indicó que no minimizará situaciones de esta naturaleza, pero sostuvo que deben respetarse los procedimientos y el debido proceso antes de establecer responsabilidades. La agrupación señaló además que, por respeto a la confidencialidad y a las personas involucradas, no adelantará conclusiones mientras el procedimiento se encuentre en curso.
Según El Observador, el legislador no ofreció una declaración individual sobre los señalamientos y la comunicación de la bancada indicó que no se referiría al asunto debido a su judicialización.
La respuesta del partido resulta relevante porque Obaldía integra la fracción del PPSO, agrupación oficialista en el periodo legislativo 2026-2030.
Documentación de la propia Asamblea Legislativa confirma a Fernando Obaldía Álvarez como diputado del PPSO.
La investigación penal apenas comienza
El principal dato confirmado hasta ahora es la existencia de un expediente penal por aparente acoso predatorio.
Quedan pendientes las diligencias que determine el Ministerio Público, el análisis de los elementos aportados y la eventual decisión sobre el rumbo judicial de la causa.
También deberá diferenciarse el procedimiento penal de cualquier investigación administrativa que pueda desarrollarse dentro de la Asamblea Legislativa.
La identidad de la persona denunciante debe mantenerse protegida. Tampoco corresponde presentar como hechos probados las conductas descritas en las denuncias mientras no hayan sido establecidas mediante el procedimiento correspondiente.
Obaldía, por tanto, debe ser considerado inocente salvo que una resolución judicial firme determine lo contrario.
