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Costa Rica fija cinco niveles clínicos para gestionar las listas de espera en salud

Costa Rica fija cinco niveles clínicos para gestionar las listas de espera en salud
Imagen principal: Costa Rica fija cinco niveles clínicos para gestionar las listas de espera en salud

El nuevo reglamento de Costa Rica fija cinco niveles de prioridad para listas de espera, con plazos clínicos máximos que van de 24 horas a 180 días.


Costa Rica fija cinco niveles clínicos para gestionar las listas de espera en salud

SAN JOSÉ, COSTA RICA — El Ministerio de Salud estableció un nuevo marco para gestionar las listas de atención, basado en el riesgo y la condición clínica de cada paciente y no únicamente en el tiempo acumulado en espera.

El reglamento define cinco niveles: atención inmediata P0, en menos de 24 horas; urgente P1, máximo ocho días; prioritaria P2, hasta 30 días; electiva de alta prioridad P3, hasta 90 días; y electiva de prioridad moderada P4, hasta 180 días.

Qué cambia para los pacientes

El principio central es que una persona con mayor riesgo pueda recibir prioridad aunque haya ingresado a la lista después de otra persona con una condición menos urgente. La clasificación debe considerar gravedad, evolución de la enfermedad, riesgo de deterioro o complicaciones y el impacto de la espera en la calidad de vida.

El Ministerio también indicó que la condición debe revisarse periódicamente. Si la salud de un paciente empeora, su nivel de prioridad puede cambiar.

Los plazos son referencias de atención

Los tiempos definidos no significan que todos los casos puedan resolverse automáticamente dentro de esos límites desde el primer día de vigencia. El reglamento contempla una implementación progresiva y obligaciones institucionales para adecuar la gestión.

Según el Ministerio, cuando una persona supere el tiempo razonable asignado a su condición, el prestador deberá implementar medidas correctivas y dar seguimiento al caso.

Seis meses para los planes institucionales

Los prestadores dispondrán de un plazo máximo de seis meses para elaborar, aprobar e iniciar un Plan Institucional de Gestión de Listas de Atención y hasta 24 meses para completar las adecuaciones necesarias, informó el Ministerio.

Semanario Universidad destacó que la CCSS deberá elaborar su plan dentro de ese plazo. La norma también exige reportes semestrales de indicadores al Ministerio de Salud.

Lo que el reglamento no resuelve por sí solo

Cambiar el orden de prioridad no aumenta automáticamente la disponibilidad de quirófanos, especialistas, equipos o personal. Por eso, el impacto real dependerá de la capacidad institucional para aplicar la clasificación y responder a los casos dentro de los tiempos definidos.

La medida puede mejorar la gestión del riesgo, pero su resultado debe evaluarse con datos: número de pacientes por categoría, tiempos reales de atención, casos que superan el plazo y evolución de las listas.

Próximos pasos

El reglamento entra en vigor con su publicación oficial y su cumplimiento será obligatorio para prestadores públicos y privados, según el Ministerio. La institución rectora tendrá funciones de regulación, supervisión y fiscalización.

Para los usuarios, cualquier cambio de prioridad debe basarse en valoración clínica. Ante un deterioro de salud, la recomendación es acudir a los servicios correspondientes y no esperar únicamente a que avance la posición administrativa en una lista.

Con información de Paula Jiménez Alfaro, de CR Global News.

15:46 ET (19:46 GMT) 16 de agosto de 2026

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