La Constitución define con
precisión quién asume el poder y bajo qué condiciones si el presidente queda
temporal o definitivamente fuera del cargo.
Caracas, Venezuela — Ante
escenarios de incertidumbre política, la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela establece mecanismos claros para garantizar la
continuidad del poder ejecutivo en caso de ausencia temporal o absoluta del
presidente. El marco legal vigente, aprobado en 1999 y reformado parcialmente
en 2009, delimita funciones, plazos y autoridades competentes, con el objetivo
de preservar la estabilidad institucional del país.
Qué se considera una ausencia
presidencial
La Carta Magna venezolana
distingue entre ausencia temporal y ausencia absoluta del presidente. La
ausencia temporal puede producirse por motivos de salud, viajes prolongados u
otras circunstancias justificadas, siempre que exista autorización de la
Asamblea Nacional. En ese caso, el mandatario puede delegar funciones sin
perder el cargo.
La ausencia absoluta, en cambio,
se configura en situaciones específicas: muerte, renuncia, destitución
decretada por el Tribunal Supremo de Justicia, incapacidad física o mental
permanente certificada por una junta médica, abandono del cargo o revocatoria
popular del mandato.
Cada uno de estos supuestos
activa un procedimiento institucional distinto, con consecuencias directas
sobre quién ejerce el poder ejecutivo.
El rol de la vicepresidencia
ejecutiva
Según el artículo 233 de la
Constitución, Delcy Rodríguez, como vicepresidenta ejecutiva, es la primera
autoridad llamada a asumir la Presidencia de manera temporal si la falta del
jefe de Estado ocurre antes de una declaratoria formal de ausencia absoluta.
En el caso de que la ausencia
absoluta se produzca durante los primeros cuatro años del período presidencial,
la vicepresidencia asume la Presidencia de forma interina y debe convocar
elecciones presidenciales en un plazo máximo de 30 días consecutivos. Si la
falta ocurre en los dos últimos años del mandato, la vicepresidenta culmina el
período constitucional sin necesidad de nuevos comicios.
Este diseño busca evitar vacíos
de poder y asegurar una transición reglada, incluso en contextos de alta
tensión política.
La Fuerza Armada y el principio
de obediencia constitucional
La Constitución establece que la
Fuerza Armada Nacional Bolivariana es una institución profesional, sin
militancia política y subordinada al poder civil. En este marco, el ministro de
Defensa, Vladimir Padrino López, no tiene atribuciones constitucionales para
asumir funciones presidenciales, pero sí desempeña un papel clave en la
preservación del orden interno y la defensa del territorio.
Expertos en derecho
constitucional coinciden en que cualquier actuación militar fuera del marco
establecido por la Constitución constituiría una ruptura del orden legal. Por
ello, la cadena de mando y la lealtad institucional al texto constitucional
resultan determinantes en escenarios de crisis.
El peso político del oficialismo
Dentro del oficialismo, figuras
como Diosdado Cabello, actual ministro de Interior y uno de los dirigentes
históricos del chavismo, concentran una influencia política significativa. No
obstante, esa gravitación no se traduce automáticamente en un rol
constitucional en la sucesión presidencial.
Cabello no figura en la línea
formal de sucesión definida por la Constitución, aunque su posición dentro del
partido de gobierno y su control de estructuras políticas y territoriales lo
convierten en un actor relevante en cualquier escenario de reconfiguración del
poder.
La Asamblea Nacional y el control
institucional
El Parlamento venezolano cumple
un rol clave en la validación de ausencias temporales, la declaratoria de
ausencia absoluta y la eventual convocatoria de elecciones presidenciales.
Asimismo, el Tribunal Supremo de Justicia interviene cuando existen
controversias jurídicas sobre la incapacidad o el abandono del cargo.
Este entramado institucional está
diseñado para que ninguna autoridad concentre decisiones unilaterales en
momentos críticos, al menos desde el punto de vista normativo.
Un marco legal puesto a prueba
Aunque el texto constitucional
define procedimientos claros, analistas señalan que su aplicación efectiva
depende del equilibrio real entre poderes, la independencia institucional y el
contexto político. En escenarios de alta polarización, la interpretación de la
Constitución suele convertirse en un terreno de disputa.
Sin embargo, desde una
perspectiva estrictamente legal, la sucesión presidencial en Venezuela no es
discrecional: está regulada con plazos, autoridades específicas y mecanismos de
control que, en teoría, buscan garantizar continuidad y legitimidad democrática.
Datos relevantes:
- La Constitución venezolana fue aprobada por referéndum en 1999 — Consejo Nacional Electoral
- El artículo 233 regula las ausencias presidenciales — Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
- El plazo máximo para convocar elecciones es de 30 días — Texto constitucional vigente
Créditos:
Autor/a: Ana Torres
Jefa de redacción: María Quesada
Fotografía: Creative Commons
