La Sala Constitucional acogió un amparo por restricciones al trabajo de periodistas en una audiencia legislativa de julio.
SAN JOSÉ, COSTA RICA.— La Sala Constitucional declaró con lugar un recurso de amparo por restricciones impuestas a periodistas durante una audiencia de la Comisión Permanente Especial de Nombramientos de la Asamblea Legislativa y ordenó a su presidenta, Marta Esquivel, no repetir acciones que limiten ilegítimamente la labor informativa.
La resolución, identificada por varios medios como 2026-031097, se refiere a la comparecencia del entonces magistrado Orlando Aguirre del 15 de julio. El tribunal consideró vulnerados derechos vinculados con la libertad de expresión, el acceso a información plural y la publicidad parlamentaria.
La transmisión institucional no sustituye la cobertura periodística
De acuerdo con los reportes consultados, la Sala concluyó que la existencia de una transmisión oficial no reemplaza el derecho de los medios a producir su propio material periodístico desde un espacio público, siempre dentro de reglas legítimas y proporcionales.
La Nación, CRHoy y Delfino coincidieron en que el fallo ordena evitar nuevas restricciones de ese tipo. Esquivel manifestó que esperaría conocer íntegramente la resolución y sostuvo que la sesión había sido pública y transmitida por los canales legislativos.
Un precedente sobre cobertura del Congreso
El caso es relevante porque delimita hasta dónde puede una comisión legislativa ordenar la dinámica física de una audiencia sin impedir de hecho la cobertura independiente. La publicidad de las sesiones y la posibilidad de documentar directamente actuaciones públicas son elementos centrales para el escrutinio ciudadano.
El fallo también condenó al Estado al pago de costas, daños y perjuicios, cuya eventual determinación corresponde a la vía de ejecución pertinente.
Qué ocurre ahora
La orden es de acatamiento para las actuaciones futuras de la comisión. Para una publicación definitiva, conviene incorporar el texto íntegro de la sentencia cuando esté disponible públicamente en el Poder Judicial y precisar cualquier fundamento adicional que no haya sido reproducido por las fuentes periodísticas.
Por Andrés Villalobos | Corresponsal de Costa Rica | CR Global News
Supervisión Editorial: María Quesada, Editora en Jefe | CR Global News
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